R 12 y seguridad infantil

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pirulete
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R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40158Mensaje pirulete
14 Mar 2013 23:18

Buenas a todos...
La verdad es que no sabía en donde encuadrar esta pregunta, así que me he decantado por el apartado general..

Bien es cierto que las mujeres están en todo y en mi caso mas... El asunto es que estos dias la DGT, sus ecuaces, la guardia civil de tráfico y policías locales de distintos ayuntamientos están llevando a cabo una de sus múltiples de campañas de concienciación ( recaudación diría yo..... ) sobre seguridad infantil en coches particulares y autocares de transporte escolar...

Mi pregunta es la siguiente...

Si llevo a mis dos hijos en el asiento de atrás de mi R12 , que obviamente carece de cinturones traseros, Infrinjo la ley?, puede ser denunciable por las fuerzas de seguridad del estado?.....

Aclaro que el trayecto el mínimo, cuatro kms a lo sumo, vía interurbana y cero riesgo, ya cuento que la seguridad de los niños es lo primero, y máxime si son los míos...

La cuestión es que estos días a las 8.45 se plantan dos municipales a la entrada del colegio..... no para velar por la seguridad, sino con el fin recaudatorio solamente... Y eso es lo que me indigna.

Si el automóvil en cuestión, tiene la itv al día, no debería de haber mayor problema, no??

No sé, me encomiendo a vosotros para que , si podeís, me resolvaís esta duda.

Un saludo desde León, Miguel.
Dame carretera y dame gasolina, la máquina ya la pongo yo......

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Luis TL
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40163Mensaje Luis TL
14 Mar 2013 23:48

pirulete escribió:Buenas a todos...
La verdad es que no sabía en donde encuadrar esta pregunta, así que me he decantado por el apartado general..

Bien es cierto que las mujeres están en todo y en mi caso mas... El asunto es que estos dias la DGT, sus ecuaces, la guardia civil de tráfico y policías locales de distintos ayuntamientos están llevando a cabo una de sus múltiples de campañas de concienciación ( recaudación diría yo..... ) sobre seguridad infantil en coches particulares y autocares de transporte escolar...

Mi pregunta es la siguiente...

Si llevo a mis dos hijos en el asiento de atrás de mi R12 , que obviamente carece de cinturones traseros, Infrinjo la ley?, puede ser denunciable por las fuerzas de seguridad del estado?.....

Aclaro que el trayecto el mínimo, cuatro kms a lo sumo, vía interurbana y cero riesgo, ya cuento que la seguridad de los niños es lo primero, y máxime si son los míos...

La cuestión es que estos días a las 8.45 se plantan dos municipales a la entrada del colegio..... no para velar por la seguridad, sino con el fin recaudatorio solamente... Y eso es lo que me indigna.

Si el automóvil en cuestión, tiene la itv al día, no debería de haber mayor problema, no??

No sé, me encomiendo a vosotros para que , si podeís, me resolvaís esta duda.

Un saludo desde León, Miguel.
Me temo, que si es sancionable.
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-15406
Artículo único. Modificación del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
Cinco. El artículo 117 queda redactado de la siguiente manera:
«1. Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas:

a) Por el conductor y los pasajeros:

1.º De los turismos.

2.º De aquellos vehículos con masa máxima autorizada de hasta 3.500 kilogramos que, conservando las características esenciales de los turismos, estén dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de personas y mercancías.

3.º De las motocicletas y motocicletas con sidecar, ciclomotores, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, cuando estén dotados de estructura de protección y cinturones de seguridad y así conste en la correspondiente tarjeta de inspección técnica.

b) Por el conductor y los pasajeros de los asientos equipados con cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados de los vehículos destinados al transporte de mercancías y de los vehículos mixtos.

c) Por el conductor y los pasajeros de más de tres años de edad de los asientos equipados con cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados de los vehículos destinados al transporte de personas de más de nueve plazas, incluido el conductor.

De esta obligación deberá informarse a los pasajeros por el conductor del vehículo, por el guía o por persona encargada del grupo, a través de medios audiovisuales o mediante letreros o pictogramas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo IV, colocados en lugares bien visibles de cada asiento.

2. La utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:

a) Respecto de los asientos delanteros del vehículo:

Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.

b) Respecto de los asientos traseros del vehículo:

1.º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.

2.º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.

c) Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.

3. Los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.

"4. En los vehículos a que se refieren el apartado 1.a) 1.º y 2.º y b) que no estén provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar niños menores de tres años de edad. Además, los mayores de tres años que no alcancen los 135 centímetros de estatura deberán ocupar un asiento trasero."
estee es mi coleguita... : )
Y le dijo al camello "pues te veo un poco jorobao”
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pirulete
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40172Mensaje pirulete
15 Mar 2013 02:15

Muchas gracias Luis, por la información.....

Pero aquí hay una laguna legal, si los niños tienen mas de tres años, y no alcanzan la medida establecida.... Pueden viajar en el asiento trasero?
sin cinturón, por que no lo hay..?

Esa es mi duda.......
Saludos desde León, Miguel.
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Luis TL
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40174Mensaje Luis TL
15 Mar 2013 02:58

pirulete escribió:Muchas gracias Luis, por la información.....

Pero aquí hay una laguna legal, si los niños tienen mas de tres años, y no alcanzan la medida establecida.... Pueden viajar en el asiento trasero?
sin cinturón, por que no lo hay..?

Esa es mi duda.......
Saludos desde León, Miguel.
Pues según esto si, pero profundizando en la red, si no alcanzan los 1,35 de estatura, está obligados al uso de cinturon u otro sistema de retención homologado, por lo que si el vehíclo no lo tiene, no pueden viajar en él.
http://www.seguridadvialinfantil.org/le ... -espana-2/
4.Respecto de los asientos traseros del vehículo, las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso. Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.

Saludos.
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Telémaco
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40825Mensaje Telémaco
27 Mar 2013 12:11

Chicos, yo no estoy de acuerdo en parte.
La ley dice claramente que en vehiculos que no dipongan de cinturones o sistemas de retencion equivalentes los menores de 3 años NO pueden viajar. Pero no dice: asi mismo, los mayores de 3 años que no superen los 135 cms de altura tampoco podran viajar si el vehiculo en cuestion no dispone de cinturones.
Dice que tendran que viajar en los asientos traseros, y al igual que cualquier adulto que esta obligado taqmbien al uso del cinturon en las plazas traseras, si el vehiculo no lleva cinturones ahí, no prohiben que los adultos viajen en los asientos de dicho vehiculo.
Con lo cual, tenemos que la prohibicion afecta unica y exclusivamente a los menores de 3 años.
12 S del 71, , Discovery 200 Tdi del 93,Clio 1.9 duet del 96 ( de baja temporal...) Ford Mondeo TDci del 04
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40830Mensaje pirulete
27 Mar 2013 14:50

Telémaco escribió:Chicos, yo no estoy de acuerdo en parte.
La ley dice claramente que en vehiculos que no dipongan de cinturones o sistemas de retencion equivalentes los menores de 3 años NO pueden viajar. Pero no dice: asi mismo, los mayores de 3 años que no superen los 135 cms de altura tampoco podran viajar si el vehiculo en cuestion no dispone de cinturones.
Dice que tendran que viajar en los asientos traseros, y al igual que cualquier adulto que esta obligado taqmbien al uso del cinturon en las plazas traseras, si el vehiculo no lleva cinturones ahí, no prohiben que los adultos viajen en los asientos de dicho vehiculo.
Con lo cual, tenemos que la prohibicion afecta unica y exclusivamente a los menores de 3 años.

La lectura del reglamento, a mi tambien me lleva a ese razonamiento...... que la ley afecta a los menores de tres años exclusivamente, ya que siendo mayores de tres años y no superando el metro 35, están obligados a ir en el asiento trasero, exactamente igual que un adulto aunque el coche carezca de cinturones traseros.

Gracias telémaco, un saludo desde León, Miguel.
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 40858Mensaje Luis TL
27 Mar 2013 22:06

Yo también estoy de acuerdo, pero habria que mirar si ha habido alguna modificación posterior de la Ley, esta última, se remonta a 2006.
Saludos.
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 54951Mensaje RRG
07 Dic 2014 02:57

pirulete escribió:Buenas a todos...
La verdad es que no sabía en donde encuadrar esta pregunta, así que me he decantado por el apartado general..

Bien es cierto que las mujeres están en todo y en mi caso mas... El asunto es que estos dias la DGT, sus ecuaces, la guardia civil de tráfico y policías locales de distintos ayuntamientos están llevando a cabo una de sus múltiples de campañas de concienciación ( recaudación diría yo..... ) sobre seguridad infantil en coches particulares y autocares de transporte escolar...

Mi pregunta es la siguiente...

Si llevo a mis dos hijos en el asiento de atrás de mi R12 , que obviamente carece de cinturones traseros, Infrinjo la ley?, puede ser denunciable por las fuerzas de seguridad del estado?.....

Aclaro que el trayecto el mínimo, cuatro kms a lo sumo, vía interurbana y cero riesgo, ya cuento que la seguridad de los niños es lo primero, y máxime si son los míos...

La cuestión es que estos días a las 8.45 se plantan dos municipales a la entrada del colegio..... no para velar por la seguridad, sino con el fin recaudatorio solamente... Y eso es lo que me indigna.

Si el automóvil en cuestión, tiene la itv al día, no debería de haber mayor problema, no??

No sé, me encomiendo a vosotros para que , si podeís, me resolvaís esta duda.

Un saludo desde León, Miguel.
Eres un claro ejemplo de ciudadano intoxicado por muchos prejuicios contra la policia, es muy recurrente la frase "afan recaudatoria" cuando solo cumplen su deber, velar por la seguridad de todos, y sancionar a quien las incumple.-
Si un conductor realiza una maniobra peligrosa y te ves en apuros, solo desearas que esos "secuaces" le den caza y caiga sobre el todo el peso de la ley , a que si? Pues si las normas estan , hay que cumplirlas. Y deja de usar excusas baratas.-

Las normas tienen excepciones, solo hay que informarse debidamente para no infringirlas, asi dejaras de ver a quienes estan para ayudarte, como tu enemigo .-

Soy conductor de clasicos desde hace mas de 10 años y tengo tambien hijos , para conocimiento .-
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 54973Mensaje Telémaco
07 Dic 2014 22:54

Mucha policia, poca diversion, un error....un error....
Mucha Policia, poca diversion, un error.....un error....

Ni doy ni quito razon, pero como en todas partes cuecen habas, puedo dar fe de cualquiera de los dos casos descritos.
Y yo no estoy intoxicado....o al menos eso creo.
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Re: R 12 y seguridad infantil

Mensaje: # 54974Mensaje Luis TL
07 Dic 2014 23:15

RRG escribió:
pirulete escribió:Buenas a todos...
La verdad es que no sabía en donde encuadrar esta pregunta, así que me he decantado por el apartado general..

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Aclaro que el trayecto el mínimo, cuatro kms a lo sumo, vía interurbana y cero riesgo, ya cuento que la seguridad de los niños es lo primero, y máxime si son los míos...

La cuestión es que estos días a las 8.45 se plantan dos municipales a la entrada del colegio..... no para velar por la seguridad, sino con el fin recaudatorio solamente... Y eso es lo que me indigna.

Si el automóvil en cuestión, tiene la itv al día, no debería de haber mayor problema, no??

No sé, me encomiendo a vosotros para que , si podeís, me resolvaís esta duda.

Un saludo desde León, Miguel.
Eres un claro ejemplo de ciudadano intoxicado por muchos prejuicios contra la policia, es muy recurrente la frase "afan recaudatoria" cuando solo cumplen su deber, velar por la seguridad de todos, y sancionar a quien las incumple.-
Si un conductor realiza una maniobra peligrosa y te ves en apuros, solo desearas que esos "secuaces" le den caza y caiga sobre el todo el peso de la ley , a que si? Pues si las normas estan , hay que cumplirlas. Y deja de usar excusas baratas.-

Las normas tienen excepciones, solo hay que informarse debidamente para no infringirlas, asi dejaras de ver a quienes estan para ayudarte, como tu enemigo .-

Soy conductor de clasicos desde hace mas de 10 años y tengo tambien hijos , para conocimiento .-
pirulete escribió:Pero aquí hay una laguna legal, si los niños tienen mas de tres años, y no alcanzan la medida establecida.... Pueden viajar en el asiento trasero?
sin cinturón, por que no lo hay..?

Esa es mi duda.......
Saludos desde León, Miguel.-
A ver ciñendonos al tema en cuestión, la cuestión es si te pueden multar por llevar niños de más de tres años en un vehículo sin cinturones traseros, parece que hay laguna legal, si te lees el hilo, parece que no está claro, sobre lo de incumplir las normas y que te multen, está claro, ¿pero si la norma es ambigua o no del todo clara?.
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