Alta de un coche con baja definitiva

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r12tc
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Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13007Mensaje r12tc
08 Dic 2010 14:12

Hola amigos.

Tengo una duda... he mirado muchos coches para conseguir un donante para mi 12, pero el problema es que casi todos, por no decir todos, me quedan lo suficientemente lejos como para no poder transportarlos en grua (economicamente hablando) y suelen tener baja definitiva, aunque sus dueños aseguran que andan perfectamente...

El caso es que algunos dicen que se pueden dar de alta de nuevo, pero nadie parece saber como... si están dados de baja temporal es facil... pero una baja definitiva se puede? parece ser que si el coche tiene más de 25 años si, pero que requisitos hacen falta, papeleos, costes...

Alguno se ha visto en el caso o lo conoce?

Saludos.

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12TL
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13011Mensaje 12TL
08 Dic 2010 15:46

Por lo que sé, se pueden rehabilitar bajas definitivas anteriores al 2004. A partir de ahí, imposible (teóricamente una vez tramitada la baja, el coche debe ser destruido).

Creo que lo mejor que puedes hacer es tener paciencia hasta que aparezca un donante que se pueda transportar en marcha, dado que me parece demasiado lío rehabilitar la documentación de un coche sólo para moverlo un día y luego despiezarlo...

Aunque...

¿Realmente necesitas un donante? ¿No te sale más a cuenta buscar las piezas por separado en desguaces, ferias...?

Reconozco que si te sale la oportunidad de conseguir un donante barato y completo, pues la aprovechas y punto, pero no me comería la cabeza con ello. Vete buscando las piezas en buen estado por separado, ya que quizás el donante que consigas justo tenga mal aquello que necesitas y al final no sea tan provechoso.

Salu2
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r12tc
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13019Mensaje r12tc
08 Dic 2010 18:52

Pues por ejemplo, se me ha presentado una unidad muy interesante tanto de chapa como motor, por 300€ (negociables) pero con baja definitiva anterior al 2004, puesto que está en la calle y no en un desguace... espero poder arreglar el motor del mio, pero dado que tengo sitio para guardarlo y necesito bastantes arreglos de chapa, quizá un par de puertas de reemplazo, y capót... me sale casi más barato tener un donante que ir consiguiendo las piezas, y quien sabe, quizá más adelante pueda tener a los 2 andando... pero eso sin saber los costes de dar el alta... si son 50 o 100€ se podría asumir... si son 400 o 500€ ya mejor no intentarlo...

He aquí la cuestión a mis dudas...

Saludos.

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12TL
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13020Mensaje 12TL
08 Dic 2010 19:14

Si ves que le puedes sacar rendimiento al donante e incluso en el futuro ponerlo en marcha, perfecto.

El trámite no sé cuánto costará. Mira en la página de la DGT, que suelen venir resumidos los principales trámites, y podrás obtener información de tasas y demás. Luego una visita a la ITV y creo que ya lo tendrás más claro.

De todas formas, una vez que sepas cuánto te cuesta el trámite de alta, no dudes en buscar información sobre la posibilidad de tranporte. Hay gente que se dedica a transportar clásicos en remolque, y en función de las distancias puede salirte más rentable que el papeleo de alta (piensa que el tiempo también vale dinero).

Salu2
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r12tc
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13023Mensaje r12tc
08 Dic 2010 19:46

He encontrado esto buceando por internet...
Rehabilitación de vehículos


De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento General de Vehículos, el titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehículo dado de baja definitiva en el Registro de Vehículos, podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación. El trámite debe solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia de domicilio del interesado o de matriculación del vehículo.

Documentación:

•Solicitud oficial facilitada en las Jefaturas de Tráfico o Impreso de "cuestiones varias" disponible en la página web de la DGT (ww.dgt.es). Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

•Tasa por el importe legalmente establecido.

•De los interesados:


◦Personas Físicas
■Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
■Nacionales: Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
■Extranjeros:
■Tarjeta de Residencia en vigor, o, en su defecto, Documento de Identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE).
■Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

◦Personas Jurídicas
■Original de la Tarjeta de Identificación fiscal de la sociedad (CIF).
■Original del DNI, Pasaporte, Documento de Identidad de extranjero del representante y NIE.
■Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es)

◦Menores de edad o incapacitados
■Además, presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
■Documento original que acredite el concepto por el que actúan (Ej.: Libro de Familia, resolución judicial, etc.).


◦Si el solicitante no es el titular del vehículo, además
■Documento acreditativo de la propiedad (contrato junto con el DNI del transmitente; factura junto con el NIF de la empresa, documento notarial...)
Revisada la documentación, la Jefatura de Tráfico, si procede, lo pondrá en conocimiento del órgano competente para que se someta el vehículo a una inspección técnica por rehabilitación y, una vez superada ésta, se deberán presentar los siguientes documentos:

•Tarjeta de Inspección Técnica por rehabilitación expedida por una Estación ITV.

•Documento que justifique el pago o la exención del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento correspondiente al domicilio del solicitante.

•Justificante del pago, exención o no-sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el supuesto de que se solicite la rehabilitación por persona distinta de la que figure como titular, salvo que el vendedor sea un empresario que actúe en el ejercicio de su actividad.

•Certificado del Órgano competente en materia de Transportes de que posee o está en condiciones de obtener el título habilitante correspondiente si se trata de un autobús o de un vehículo de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas.
NOTAS Y REPRESENTACIÓN:

•Si el interesado es persona distinta al titular, y en el Registro de Vehículos consta la constitución de cualquier clase de limitación de disposición, no se realizará la rehabilitación, debiendo solicitar directamente la previa cancelación en el Registro de Bienes Muebles.

•Si el interesado es persona distinta al titular, el impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para la rehabilitación.

•No se podrán rehabilitar los vehículos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, que hayan sido dados de baja definitiva a partir de su entrada en vigor (Véase "Baja definitiva de vehículos por finalización de su vida útil o desguace")

•Cuando la documentación no sea presentada por el titular del vehículo, la persona que lo representa deberá llevar:


◦Autorización del interesado para realizar el trámite, donde se exprese el carácter gratuito de la citada representación (disponible en www.dgt.es).

◦Original de su propio DNI.
La tasa es de 90,90 según la página de la DGT.

En este caso no creo que nadie me lleve un coche en su remolque a 600km por lo que me cueste la tasa más la ITV... que eso es otra... una ITV para una rehabilitación... eso cuanto costará? mañana llamaré a ver que me cuentan...

Saludos.

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ivecocityclass
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13029Mensaje ivecocityclass
08 Dic 2010 21:26

12TL escribió:Por lo que sé, se pueden rehabilitar bajas definitivas anteriores al 2004. A partir de ahí, imposible (teóricamente una vez tramitada la baja, el coche debe ser destruido).

Creo que lo mejor que puedes hacer es tener paciencia hasta que aparezca un donante que se pueda transportar en marcha, dado que me parece demasiado lío rehabilitar la documentación de un coche sólo para moverlo un día y luego despiezarlo...

Aunque...

¿Realmente necesitas un donante? ¿No te sale más a cuenta buscar las piezas por separado en desguaces, ferias...?

Reconozco que si te sale la oportunidad de conseguir un donante barato y completo, pues la aprovechas y punto, pero no me comería la cabeza con ello. Vete buscando las piezas en buen estado por separado, ya que quizás el donante que consigas justo tenga mal aquello que necesitas y al final no sea tan provechoso.

Salu2
Creo que estas equivocado.Si es una baja por PREVER o RENOVE es cuando tiene que ser obligatoriamente destruido,pero tu puedes haber dado de baja un coche sin haberte acogido a ninguno de esos planes de ayuda del gobierno,por lo tanto si que se puede dar de alta.
Ademas incluso creo que si se acogió a esos planes de ayuda por renovación de coche (RENOVE,PREVER) si devuelves al organismo correspondiente la ayuda recibida si que se puede rehabilitar cualquier vehiculo acogido a ellos.


Un saludo


Paco

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Angulo
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13034Mensaje Angulo
08 Dic 2010 21:46

ivecocityclass escribió:
12TL escribió:Por lo que sé, se pueden rehabilitar bajas definitivas anteriores al 2004. A partir de ahí, imposible (teóricamente una vez tramitada la baja, el coche debe ser destruido).

Creo que lo mejor que puedes hacer es tener paciencia hasta que aparezca un donante que se pueda transportar en marcha, dado que me parece demasiado lío rehabilitar la documentación de un coche sólo para moverlo un día y luego despiezarlo...

Aunque...

¿Realmente necesitas un donante? ¿No te sale más a cuenta buscar las piezas por separado en desguaces, ferias...?

Reconozco que si te sale la oportunidad de conseguir un donante barato y completo, pues la aprovechas y punto, pero no me comería la cabeza con ello. Vete buscando las piezas en buen estado por separado, ya que quizás el donante que consigas justo tenga mal aquello que necesitas y al final no sea tan provechoso.

Salu2
Creo que estas equivocado.Si es una baja por PREVER o RENOVE es cuando tiene que ser obligatoriamente destruido,pero tu puedes haber dado de baja un coche sin haberte acogido a ninguno de esos planes de ayuda del gobierno,por lo tanto si que se puede dar de alta.
Ademas incluso creo que si se acogió a esos planes de ayuda por renovación de coche (RENOVE,PREVER) si devuelves al organismo correspondiente la ayuda recibida si que se puede rehabilitar cualquier vehiculo acogido a ellos.


Un saludo


Paco
No Paco, a partir del 2004 si es baja definitiva no se puede volver a rehabilitar independientemente de estar acogido a algún plan de ayudas. Si la baja es anterior al 2004, incluso habiendo sido un plan de ayudas (PREVER, RENOVE) podría darse de alta pero abonando el importe de las ayudas más los intereses correspondientes.
iiiiiihiiiihiiii, jgjgjgjgjgjgjg, aaaaayyyyy, ejque no puedo.....
Paja mental: Hacerme una nota
La madre del cor...zo

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lipichin
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13037Mensaje lipichin
08 Dic 2010 22:20

Angulo escribió:
ivecocityclass escribió:
12TL escribió:Por lo que sé, se pueden rehabilitar bajas definitivas anteriores al 2004. A partir de ahí, imposible (teóricamente una vez tramitada la baja, el coche debe ser destruido).

Creo que lo mejor que puedes hacer es tener paciencia hasta que aparezca un donante que se pueda transportar en marcha, dado que me parece demasiado lío rehabilitar la documentación de un coche sólo para moverlo un día y luego despiezarlo...

Aunque...

¿Realmente necesitas un donante? ¿No te sale más a cuenta buscar las piezas por separado en desguaces, ferias...?

Reconozco que si te sale la oportunidad de conseguir un donante barato y completo, pues la aprovechas y punto, pero no me comería la cabeza con ello. Vete buscando las piezas en buen estado por separado, ya que quizás el donante que consigas justo tenga mal aquello que necesitas y al final no sea tan provechoso.

Salu2
Creo que estas equivocado.Si es una baja por PREVER o RENOVE es cuando tiene que ser obligatoriamente destruido,pero tu puedes haber dado de baja un coche sin haberte acogido a ninguno de esos planes de ayuda del gobierno,por lo tanto si que se puede dar de alta.
Ademas incluso creo que si se acogió a esos planes de ayuda por renovación de coche (RENOVE,PREVER) si devuelves al organismo correspondiente la ayuda recibida si que se puede rehabilitar cualquier vehiculo acogido a ellos.


Un saludo


Paco
No Paco, a partir del 2004 si es baja definitiva no se puede volver a rehabilitar independientemente de estar acogido a algún plan de ayudas. Si la baja es anterior al 2004, incluso habiendo sido un plan de ayudas (PREVER, RENOVE) podría darse de alta pero abonando el importe de las ayudas más los intereses correspondientes.
exacto, a partir de 2004, para dar de baja un vehiculo en tráfico, baja definitiva, claro, habia que llevarlo a un desguace si o si, y el desguace emite un certificado de destrucción en tráfico, entonces, se supone que el coche es destruido inmediatamente, por lo que si se destruye, no hay coche, y si no hay coche, no puede haber alta,
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AyrtonChema
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Re: Alta de un coche con baja definitiva

Mensaje: # 13233Mensaje AyrtonChema
16 Dic 2010 02:33

Confirmar que efectivamente merced al RD 1383/2002, desde el 2004 cualquier vehículo dado de baja definitiva ha dejado de existir para Tráfico, aunque físicamente el vehículo siga ahí, el certificado de destrucción acredita el final de su vida útil y no podrá volver a circular.

Añadir que las bajas por PREVER se pueden rehabilitar simpre que se devuelve en Hacienda la cantidad que dio el estado por ese vehículo más los intereses, pero si han pasado más de 4 años desde esa baja la deuda con hacienda prescribe.
r12tc escribió:•Tarjeta de Inspección Técnica por rehabilitación expedida por una Estación ITV.
Esta simple línea es una de las cosas que más quebraderos de cabeza te puede traer, porque es un círculo vicioso: la DGT te pide la tarjeta de ITV y la estación ITV te pedirá para dártela, además del permiso de circulación o los antecedentes de Tráfico, una copia de la resolución o escrito favorable de la Jefatura Provincial o la DGT autorizando la rehabilitación.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... tacion.pdf

Y respecto a la inspección en sí, aunque tiene carácter de extraordinaria en teoría cuesta lo mismo que la ordinaria, pero ojo como te obliguen a pasar inspección extraordinaria de vehículos accidentados, porque en ese caso las tarifas son mucho mayores. No tengo a mano las de Madrid, pero para hacerte una idea: http://www.foroempresarial.com/empresas ... TV2010.pdf

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